El reconocimiento médico es una de las últimas fases de la oposición que deberás superar para convertirte en Policía Nacional. A continuación te explicamos cómo es este reconocimiento médico y cuáles son las causas de exclusión médicas, tanto físicas como psíquicas, que suponen la expulsión de la oposición.

El reconocimiento médico en la oposición a Policía Nacional

El mismo día de la entrevista personal deberás pasar pasar por un reconocimiento médico. El objeto de este reconocimiento es confirmar que no cumples con ninguna de las causas de exclusión por motivos físicos o psíquicos, y por lo tanto estás en condición de llevar a cabo con solvencia cualquier actividad propia del trabajo de un Policía Nacional. Durante este reconocimiento médico se tomarán muestras de sangre y orina, y se realizarán diferentes pruebas médicas: electrocardiograma, prueba de agudeza visual, audiometría, espirometría, etc.

Exclusiones médicas en la oposición a Policía Nacional

A continuación, vamos a detallar las diferentes causas de exclusión médica que se recogen en la Orden de 11 de enero de 1988, reproducida como anexo III de la correspondiente convocatoria.

Aclarar que las causas de exclusión pueden ser:

  • Exclusiones circunstanciales: el Tribunal Médico podrá fijar un nuevo plazo para comprobar si han desaparecido los motivos de la exclusión.
  • Exclusiones definitivas: tienen carácter definitivo, por lo que el aspirante será no apto para la presente y futuras convocatorias.

Recientemente, han habido cambios en las exclusiones médicas de esta oposición que se aplicarán a partir de la oferta de empleo público de 2020. Si te interesa sigue leyendo porque más adelante desarrollaremos estas novedades.

La altura o talla

La estatura mínima necesaria para convertirte en Policía Nacional es de 1,65 metros en el caso de los hombres y 1,60 metros en el caso de las mujeres.

En caso de que tu altura esté por debajo de este límite por escasos centímetros, existen algunas soluciones que te pueden servir, desde técnicas y ejercicios posturales que te pueden ayudar a ganar 1 o 2 centímetros, implantes en los talones o entre el cráneo y el cuero cabelludo, hasta operaciones más complejas que prometen un crecimiento de 10-12 cm.

La obesidad o delgadez

En el caso de la obesidad o delgadez no existen valores de referencia a partir de los cuales el opositor pueda ser excluido de la oposición. Entonces, ¿cuándo será una causa de exclusión la obesidad o la delgadez? Pues cuando pueda incapacitar o dificultar al aspirante el correcto desempeño de las funciones propias de un Policía Nacional.

Exclusiones relacionadas con el ojo y la visión

Las dolencias relacionadas con la salud visual que puedes ser causa de exclusión en la oposición a Policía Nacional son:

  • Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en ambos ojos.
  • Queratomía radial.
  • Desprendimiento de retina.
  • Estrabismo.
  • Hemianopsias.
  • Discromatopsias.

En caso de que el Tribunal Médico detectara cualquier otra patología relacionada con la visión del aspirante que pudiera comprometer de forma importante su salud visual, también podrá suponer la exclusión del proceso de oposición.

Exclusiones relacionadas con el oído y Audición.

En el cuadro médico de exclusiones también se especifica que podrá suponer la exclusión del aspirante cualquier patología que suponga una pérdida de audición entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios.

Otras exclusiones médicas en la oposición a la Policía Nacional.

Exclusiones relacionadas con el aparato locomotor

Serán consideradas como causas de exclusión las patologías relacionadas con el aparato locomotor como por ejemplo defectos de columna vertebral, patologías óseas de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular y otros procesos óseos, musculares y articulares.

Si el Tribunal Médico considerase que algunas de estas patologías pudieran suponer en el presente una limitación o dificultad para el desarrollo de las actividades relacionadas con la función policial, podrá declarar como no apto al opositor.

Exclusiones relacionadas con el aparato digestivo

También podrán ser causa de exclusión patologías relacionadas con el aparato digestivo como la úlcera gastro-duodenal y cualquier otro proceso digestivo que puedan incapacitar al opositor para el desempeño del puesto de trabajo de Policía Nacional.

Exclusiones relacionadas con el aparato cardiovascular

La hipertensión arterial, motivada por cualquier causa, que en reposo supere la cifra de 145 mmHg en presión sistólica, y los 90 mmHg en presión diastólica podrá considerarse por el Tribunal Médico una causa de exclusión.

Además, también podrán ser motivo de exclusión las varices o insuficiencia venosa periférica, así como cualquier otra patología o lesión cardiovascular que pueda limitar el desempeño de las actividades relacionadas con la función policial según el Tribunal Médico.

Exclusiones relacionadas con el aparato respiratorio

Aquellos que sufran patologías relacionadas con el aparato respiratorio también podrán ser declarados como no aptos por el Tribunal Médico. Algunas de las patologías que están consideradas como causa de exclusión son el asma bronquial, la broncopatía crónica obstructiva, el neumotórax espontáneo (en más de una ocasión), la tuberculosis pulmonar activa y otros procesos del aparato respiratorio que dificulten el desarrollo de la función policial.

Exclusiones relacionadas con el sistema nervioso

Existen algunas patologías y procesos relacionados con el sistema nervioso, así como dependencias, que pueden suponer un inconveniente a la hora de llevar a cabo las tareas propias del puesto de Policía Nacional. Es por ello que el Tribunal médico puede declarar como no apto al opositor en caso que detecte alguna patología de este tipo.

Exclusiones médicas relacionadas con la piel

Las patologías relacionadas con la piel que pueden ser causa de exclusión son la psoriasis, eczemas, cicatrices que produzcan limitación funcional y otros procesos patológicos que dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.

Exclusiones relacionadas con otros procesos patológicos

A parte de las patologías que se han citado hasta ahora, existen otras enfermedades y alteraciones que pueden afectar al desarrollo normal de las funciones de un Policía Nacional, tales como la diabetes, enfermedades transmisibles en actividad, enfermedades de transmisión sexual, enfermedades inmunológicas sistémicas, intoxicaciones crónicas, hemopatías graves, malformaciones congénitas, psicosis y cualquier otro proceso patológico que, a juicio del Tribunal Médico limite o incapacite para el ejercicio de la función policial.

Novedades sobre las exclusiones médicas

El pasado mes de noviembre de 2019, el Consejo de Ministros, acordó actualizar en un futuro las convocatorias de las pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, con el objeto de eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público. 

Las novedades que aporta este acuerdo van encaminadas a dejar de considerar algunas patologías y enfermedades como causas de exclusión inmediata, como por ejemplo el VIH, la diabetes, la celiaquía y la psoriasis. De tal forma, que para cada una de estas enfermedades el Tribunal Médico valorará la situación clínica del aspirante y tomará una decisión.